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Pro-Competencia propone cambios a ley de residuos para evitar monopolios y garantizar libre empresa

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El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Pro-Competencia) envió a la Cámara de Diputados un informe con una serie de recomendaciones de modificación al proyecto de ley que modifica la Ley núm. 225-20, sobre gestión integral y coprocesamiento de residuos sólidos con la finalidad de garantizar la prevalencia del principio de libre competencia y el derecho a la libertad de empresa.

Las recomendaciones de Pro-Competencia incluyen reconsiderar la estructura monopolística regional, para lo que se recomienda eliminar o modificar la disposición que limita a un único relleno sanitario por región establecida en el artículo 130, párrafo II, así como las restricciones relacionadas en el artículo 133 del proyecto.

La presidenta del Consejo Directivo de Pro-Competencia, María Elena Vásquez Taveras, explicó que al establecer un solo relleno sanitario por región los municipios no tendrían referencias para evaluar la calidad del servicio que reciben, dificultando la identificación de ineficiencias o deficiencias operativas.

Además, indicó que la dependencia de un único proveedor aumentaría la vulnerabilidad del sistema ante posibles interrupciones operativas, sin alternativas disponibles en caso de problemas y afectaría la capacidad de responder adecuadamente a incrementos significativos en la generación de residuos o emergencias ambientales.

“La obligación de los municipios de utilizar exclusivamente el relleno regional genera una relación de dependencia forzosa sin alternativas legalmente disponibles”, explicó la presidenta del organismo.

Vásquez Taveras enfatizó que la restricción de un único relleno sanitario por región establece un monopolio protegido por ley, eliminando toda competencia actual y potencial en el segmento de disposición final.

En su informe Pro-Competencia también sugiere eliminar la supeditación de autorización de plantas de valorización a la instalación de rellenos sanitarios. En este sentido se recomienda modificar el artículo 116, párrafo I, para eliminar el requisito de que las plantas de valorización deban instalar conjuntamente un relleno sanitario.

“Esta exigencia constituye una barrera de entrada injustificada que contradice el principio de jerarquía en la gestión de residuos y limita la especialización eficiente. Las autorizaciones deberían basarse exclusivamente en criterios técnicos y ambientales propios de la actividad de valorización”, explica el informe.

Pro-Competencia también propone suprimir las restricciones a plantas de valorización existentes, para lo cual se recomienda eliminar la prohibición establecida en el artículo 116, párrafo II, que impide a las plantas de valorización existentes manejar residuos en regiones donde existe un relleno sanitario.

“Esta disposición afecta retroactivamente a operadores establecidos, compromete inversiones realizadas y contraviene el derecho de los generadores a decidir sobre la gestión de sus residuos. En su lugar, la regulación debería establecer criterios técnicos específicos para el tratamiento de cada tipo de residuo, permitiendo que cualquier operador que cumpla con estos estándares pueda participar en el mercado”, precisa la institución.

Propone, asimismo, reducir la duración mínima de contratos de operación. Para ello recomienda modificar el artículo 38, numeral 4, para que los plazos de los contratos de operación se reduzcan de 10 años a un periodo más razonable, de 3 a 5 años, con posibilidades de extensión condicionadas al cumplimiento de indicadores de desempeño predefinidos.

Pro-Competencia sugiere que se elimine la discriminación contra plantas de reciclaje de plásticos, para lo cual habría que modificar el artículo 140, párrafo III, eliminando la exclusión específica de las plantas de reciclaje de plásticos del sistema de pagos del fideicomiso.

“Esta discriminación carece de justificación técnica o económica, creando una distorsión significativa en el mercado de valorización. El marco regulatorio debería establecer criterios objetivos para determinar qué actividades califican para recibir pagos, sin discriminaciones arbitrarias entre sectores que cumplen funciones equivalentes”, explica el informe.

Finalmente, propone realizar un estudio de impacto económico sobre el incremento de contribuciones. En sentido Pro-Competencia plantea que, previo a la implementación de los incrementos propuestos en el artículo 36, se debe realizar un estudio integral de impacto económico que evalúe la capacidad contributiva real de los diversos segmentos del mercado, los efectos en la estructura competitiva, y la efectividad del sistema para alcanzar los objetivos ambientales.

Adicionalmente, sugiere considerar un esquema de implementación gradual que permita la adaptación progresiva del mercado a las nuevas condiciones contributivas.

La presidenta de Pro-Competencia indicó que la combinación de barreras crearía un entorno particularmente hostil para la innovación y el emprendimiento en un sector que requiere constante evolución tecnológica para enfrentar los desafíos ambientales actuales.

Sobre la facultad de emitir opiniones técnicas

Según los artículos 14 y 31 de la Ley núm. 42-08 Pro-Competencia tiene la facultad de emitir informes de recomendaciones sobre proyectos de ley y otras normas que puedan tener incidencia sobre la competencia efectiva en los mercados. Este ejercicio de abogacía de la competencia resulta fundamental para garantizar que las nuevas regulaciones incorporen desde su diseño principios que favorezcan la competencia y prevengan distorsiones en el mercado, contribuyendo así a la construcción de un marco normativo más sólido y eficiente.

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