Peravia. – El Ministerio Público presentará en las próximas horas ante un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente a Alexis Villalona, bajo cargos de agresión contra una mujer a la que golpeó en la vía pública luego de un accidente vehicular ocurrido la noche del 31 de diciembre de 2021.
Asimismo, indicaron que solicitaran al menos 12 meses de prisión preventiva para poder elaborar todo el expediente del acusado.
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La captura de Villalona se produjo mientras intentaba esconderse en la vivienda de una sobrina, en la comunidad El Fundo, de Baní.
El MP Adelantó que la tipificación de los delitos cometidos por Villalona incluyen los artículos 309 y 309-1 del Código Penal Dominicano.
El artículo 309 establece que: “El que voluntariamente infiere heridas, diere golpes, cometiere actos de violencia o vías de hecho, si de ellos resultare al agraviado (a), una enfermedad o imposibilidad de dedicarse al trabajo durante más de veinte días, será castigado (a) con la pena de prisión de seis meses o dos años, y multa de quinientos a cinco mil pesos. Podrá además condenársele a la privación de los derechos mencionados en el artículo 42, durante un año a lo menos, y cinco a lo más. Cuando las violencias arriba expresadas hayan producido mutilación, amputación o privación del uso de un miembro, pérdida de la vista, de un ojo, u otras discapacidades, se impondrá al culpable la pena de reclusión. Si las heridas o los golpes inferidos voluntariamente han ocasionado la muerte del Agraviado (a), la pena será de reclusión, aún cuando la intención del agresor (a) no haya sido causar la muerte de aquel”.
En tanto que el 309-1 señala que: “Constituye violencia contra la mujer toda acción o conducta, pública o privada, en razón de su género, que causa daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico a la mujer, mediante el empleo de fuerza física o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución”.