sábado, noviembre 30, 2024

«Nací en República Dominicana pero soy extranjera en mi propio país. Me volvieron apátrida y eso es una muerte civil»

Por: BBC News Mundo

Hasta los 16 años a Nertania Vernath nadie le cuestionó que fuera dominicana.

Nació en Santa Lucía, una comunidad agrícola de la provincia El Seibo, en el oriente del país caribeño, el 14 de noviembre de 1996.

Hija de inmigrantes haitianos —padre dedicado al cultivo de caña y madre ama de casa—, tercera de cuatro hermanos, creció sin dedicarle mucho tiempo a pensar en su nacionalidad.

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Hasta que un día, en 2013, la perdió y pasó a engrosar lo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha descrito como “una situación de apatridia de una magnitud nunca antes vista en las Américas”, definición que las autoridades dominicanas rechazan.

Diez años después, decenas de miles de personas oriundas de República Dominicana como ella siguen atrapadas en un limbo legal, sin poder inscribirse en un centro escolar, acceder a un trabajo formal, casarse, registrar a sus hijos, votar, contratar un seguro o sacar una tarjeta de crédito; y sin opciones reales de regularizar su situación.

“Somos extranjeros en nuestro país. Nos volvieron apátridas”, le dice a BBC la joven que hoy tiene 26 años. “Y eso es como una muerte civil, como dejar de existir”.

“La Sentencia”

El 23 de septiembre 2013 el Tribunal Constitucional dominicano resolvió que no se reconocería la nacionalidad a los hijos de inmigrantes indocumentados nacidos a partir de 1929, basándose en una reinterpretación retroactiva de las leyes dominicanas.

  • Desde 1929 hasta 2010, bajo el principio de Ius soli — o derecho de suelo—, República Dominicana concedía la nacionalidad a toda persona nacida en el país, salvo a los hijos de diplomáticos o de personas “en tránsito” (que no estuvieran en el país más que un corto periodo de tiempo).
  • Así, durante décadas, la obtuvieron los descendientes de jornaleros haitianos que habían llegado al país a trabajar en la industria local del azúcar, cortando la caña que se procesaba en sus ingenios.
  • Sin embargo, a partir de la Ley de Migración de 2004 también se consideran “en tránsito” aquellas personas en situación irregular y, en consecuencia, a sus vástagos nacidos en el país no se les concede la nacionalidad.
  • La Constitución de 2010 incluyó esa excepción, y la sentencia del Tribunal Constitucional del 2013 dio un paso más al establecer que la norma debía aplicarse con carácter retroactivo a 1929.

El fallo — TC 168-13, mejor conocida como “la Sentencia”, con mayúscula— fue en realidad la respuesta a un recurso de amparo presentado por Juliana Deguis Pierre, una dominicana de ascendencia haitiana.

Lo que ella demandaba era que la Junta Central Electoral, responsable del Registro Civil, expidiera el documento de identidad que le había estado negando desde 2007.

Pero el alto tribunal apoyó esa negativa, al considerar que la mujer de entonces 29 años no había demostrado “que por lo menos uno de sus padres tuviera residencia legal en la República Dominicana al momento de su nacimiento”.

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Concluyó que, por ello, no le correspondía la nacionalidad dominicana sino la haitiana. Y agregó, tal como se lee en la resolución:

«Cuando los extranjeros se encuentran en situación migratoria irregular, violando las leyes nacionales, no podrán invocar que sus hijos nacidos en el país tienen derecho a obtener la nacionalidad dominicana, en vista de que resulta jurídicamente inadmisible fundar el nacimiento de un derecho a partir de una situación ilícita de hecho«.

El Constitucional instó además a la Junta Central Electoral a hacer una «auditoría minuciosa» de los registros de nacimientos desde 1929 para identificar a «los extranjeros que se encuentran irregularmente inscritos».

“Y eso afectó directamente hasta a tres generaciones de dominicanos con ascendencia haitiana”, le subraya a BBC Mundo Bridget Wooding, directora del Centro para la Observación Migratoria y el Desarrollo Social en el Caribe (Obmica).

Unas 244.000 personas, según los cálculos oficiales. Esa era la cifra de descendientes de los extranjeros en el país, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Inmigrantes de 2012; el 95% de los cuales eran de ascendencia haitiana, entre ellos Nertania.

“Por aquel entonces estaba yo toda emocionada porque había terminado el bachillerato e iba para la universidad”, recuerda la joven.

“Pero fui a la Junta por mi cédula y me dijeron: ‘’No te la podemos dar con ese nombre (y esos apellidos), porque tú eres hija de padres extranjeros. Por lo cual, aunque hayas nacido en República Dominicana, eres extranjera’. Y ahí acabó mi sueño de estudiar una carrera’”.

Las críticas y la Ley de Naturalización

La sentencia “esclarece y define el camino legal que permite buscar una salida humanitaria a la situación de las personas que han sido declaradas de manera irregular en el Registro Civil”, la defendió hace diez años el presidente de la Junta Central Electoral, Roberto Rosario Márquez, en unas declaraciones al medio local El Día.

Otros la describieron como “una de las mejores piezas jurídicas de la legislación dominicana de los últimos 60 años”, como el abogado Luis Vílchez González en su columna de opinión de Listín Diario.

Sin embargo, las críticas no se hicieron esperar.

Esa misma semana la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos expresó su profunda preocupación por un fallo «que podría dejar a decenas de miles de personas sin servicios esenciales» e instó al gobierno dominicano a adoptar las medidas necesarias que les garantizaran «su derecho a la ciudadanía».

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