El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en su sesión núm. 24-2025 celebrada el 9 de octubre, aprobó modificaciones al Reglamento de Regularización Parcelaria y Deslinde, con el objetivo de ampliar su alcance y facilitar el acceso a la propiedad inmobiliaria.
El nuevo Reglamento establece la regularización parcelaria como regla general para individualizar parcelas, mientras que el deslinde se reserva como excepción en la etapa judicial, aplicable únicamente cuando sea necesario un proceso contradictorio.
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La propuesta de modificación del Reglamento núm. 790-2022 fue sometida a consulta pública entre el 19 de agosto y el 29 de septiembre de 2025. Entre sus principales beneficios destacan la simplificación de requisitos para la regularización, la promoción del acceso a la propiedad titulada y el fortalecimiento de la cohesión social y jurídica del sistema inmobiliario.
Entre las novedades, se agrega un párrafo al artículo 6 de la resolución, que establece que la anotación realizada en el Registro Complementario del inmueble —que indica que está en proceso de regularización parcelaria— tendrá una vigencia de un año desde su registro. Esta anotación puede cancelarse con la aprobación o rechazo de los trabajos técnicos emitidos por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, o al vencimiento del plazo.
El Pleno estuvo presidido por Henry Molina e integrado por los magistrados Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Francisco Antonio Jerez Mena, Manuel Alexis Read Ortiz, Fran Euclides Soto Sánchez, Nancy Idelsa Salcedo Fernández, Justiniano Montero Montero, Anselmo Alejandro Bello Ferreras, Rafael Vásquez Goico, Vanessa Elizabeth Acosta Peralta, María Garabito Ramírez, Moisés Alfredo Ferrer Landrón y Francisco Antonio Ortega Polanco.




