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Sentencia de acción de amparo en El Seibo condena a autoridades policiales por ocupación arbitraria de motocicletas

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Por: Cesarin Leonardo Febles M. A.


El Seibo, República Dominicana. – Una sentencia de amparo dictada el viernes 5 de septiembre de 2025 por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de esta provincia condenó al coronel Pacífico Vizcaíno, comandante de la Policía Nacional en El Seibo, y al coronel Reyna, director regional Este de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), al pago de una astreinte diaria de 25,000 pesos dominicanos cada uno.

La medida responde a la ocupación ilegal y arbitraria de tres motocicletas pertenecientes a jóvenes trabajadores locales, configurando una violación de derechos fundamentales. La magistrada Ramona Bermúdez, presidenta de la Cámara Penal, notificó el fallo, que establece un plazo de 10 días para la devolución de dos de los vehículos retenidos. De no cumplirse, la multa se acumulará diariamente por cada uno de los coroneles. El tercer motor permanece desaparecido, según detalles del caso.

Esta resolución, calificada como «histórica» por los abogados involucrados, marca un precedente en la aplicación del amparo contra abusos de autoridad en regiones periféricas del país. El incidente ocurrió la noche del 25 de julio de 2025 en el parque de Los Multis, a la salida de El Seibo hacia Hato Mayor.

Los dueños de las motocicletas, identificados como jóvenes trabajadores de la zona, habían dejado los vehículos estacionados mientras se encontraban en el lugar.

Agentes de la DIGESETT procedieron a la ocupación sin presentar orden judicial ni justificación aparente. Posteriormente, uno de los motores fue entregado; otro se mantiene retenido por la DIGESETT, y el restante, bajo custodia del coronel Vizcaíno, ha desaparecido.

Los abogados Héctor W. De Beras Paredes (Mauricio), Alberto Mercedes Ruiz y G. Manuel Nolasco Báez, de la Oficina Nolasco Báez y Asociados –presidida por este último–, asumieron la defensa de los afectados.

En una publicación en redes sociales, Nolasco Báez anunció el logro judicial al mediodía del viernes, destacando que «los abogados que conformamos la Oficina Nolasco Báez y Asociados de esta ciudad de El Seibo logramos una sentencia histórica de amparo».

El letrado detalló que la juez condenó a los oficiales «al pago de un astreinte diario por la suma de RD$25,000.00 cada uno, por la ocupación ilegal y arbitraria, violando derechos fundamentales, de tres motores de jóvenes trabajadores de esta histórica ciudad de El Seibo».

El proceso de amparo se fundamentó en la violación de principios constitucionales, incluyendo la inviolabilidad de la propiedad y la prohibición de detenciones arbitrarias. Los demandantes argumentaron que las motocicletas eran herramientas esenciales para su sustento y que la acción policial careció de base legal.

La defensa presentó evidencias como testimonios de testigos presenciales y actas de ocupación deficientes, que no cumplían con los protocolos requeridos por la ley dominicana.

Nolasco Báez enfatizó el impacto del fallo en su declaración: «De los tres motores que fueron ocupados la noche del 25 de julio del presente año, momento en que sus dueños se encontraban en el parque de Los Multis, a la salida de El Seibo/Hato Mayor; la DIGESETT entregó uno, retiene uno y el otro motor se encuentra desaparecido y estaba en poder de la uniformada que comanda el coronel Vizcaíno, comandante de esta ciudad de El Seibo».

Agregó que, si no se cumple el plazo de 10 días «a partir de la notificación de esta histórica sentencia dada por la magistrada Ramona Bermúdez», los responsables «tendrán que pagar cada día a sus dueños la suma de RD$25,000.00 pesos».

Expertos en derecho constitucional consultados indicaron que el caso resalta deficiencias recurrentes en el control policial en provincias como El Seibo.

Un profesor de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), contactado para comentario, señaló que sentencias como esta refuerzan el rol del amparo como mecanismo expedito contra excesos estatales, alineándose con precedentes de la Suprema Corte de Justicia. No obstante, las autoridades policiales no habían emitido declaraciones públicas hasta el cierre de esta edición, y el caso podría escalar si no se acata el fallo.

El litigio se enmarca en un contexto de quejas ciudadanas sobre operativos de tránsito en El Seibo, donde residentes han reportado retenciones de vehículos sin debido proceso. La Oficina Nolasco Báez y Asociados, con sede en esta ciudad, ha manejado casos similares de derechos civiles, y la población, a través del Dr. Guillermo Nolasco, constantemente recibe información sobre su trayectoria y logros judiciales en redes sociales.

Nolasco Báez concluyó su publicación con un llamado a la ciudadanía: «Es bueno destacarle a los seibanos que la Carta Sustantiva tiene capítulos que los protegen de esos abusos y excesos de las autoridades. Sólo hay que saber usar esas herramientas y no tener miedo para nada ni a nadie», sostuvo el abogado, firmando como “Muy Atte. GN”.

Esta sentencia respalda el principio de legalidad en las actuaciones policiales, consagrado en los artículos 48 y 74 de la Constitución dominicana, que garantizan la protección de la propiedad y prohíben intervenciones arbitrarias del Estado. Al establecer un precedente coercitivo mediante astreinte, el fallo fortalece la rendición de cuentas de las fuerzas de seguridad, alineándose con obligaciones internacionales bajo la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En un sistema judicial donde los abusos de poder persisten, esta decisión reafirma que la justicia constitucional no es abstracta, sino un instrumento efectivo para salvaguardar derechos individuales frente a la autoridad.

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