Santo Domingo, RD.- El Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (Intrant) prohibió la circulación de vehículos pesados en todo el territorio nacional durante las celebraciones de Navidad y Fin de Año.
Desde el jueves 23 de diciembre a partir de las 6:00 de la mañana hasta el lunes 27 de diciembre a las 5:00 de la madrugada, queda restringido totalmente el paso de los camiones, incluso para los conductores que tienen el permiso en la Zona de Acceso Restringido (ZAR) en el Distrito Nacional.
La prohibición se reanuda el 30 de diciembre a partir de las 6:00 de la mañana hasta el lunes 3 de enero a las 5:00 de la mañana.
La entidad precisó que esta medida no aplica para las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias.
Puedes leer: INTRANT informa borrador de la normativa de taxi no es aún definitivo
Tampoco para aquellos de servicio de agua en cisterna, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.
Deben solicitar permiso
Sin embargo, los exentos de la medida (vehículos de no más de una cola) deben solicitar su permiso para circular en las fechas señaladas.
Hasta el 28 de diciembre a las 3:00 de la tarde a través del portal web del Intrant.
El pago lo podrán realizar en línea y recibirán un permiso con protección QR para su fiscalización.
El organismo recomendó a los que tienen prohibido la circulación durante los días de celebración, realizar su distribución con anticipación.
Además, reiteró que los conductores no pueden exceder la velocidad máxima de 70 kilómetros por horas en carreteras troncales.
Además, deben mantener su circulación en el carril de la derecha, en cumplimiento a la ley 63-17 y el Reglamento 258-20 de Transporte de Cargas.
Sobre Intrant
EL Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), es el órgano nacional rector del sistema de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial de la República Dominicana.
El INTRANT es una institución adscrita al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Su creación es ordenada en el artículo 7 de la Ley 63-17.
Misma Ley da origen al INTRANT fue aprobada el día 10 del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017).
El presidente de la República, Danilo Medina la promulgó el 21 de febrero de ese mismo año.