viernes, mayo 3, 2024

El Tribunal Supremo de Dominica deroga las leyes sobre sodomía por inconstitucionales

San Juan.- El Tribunal Supremo de Dominica dictaminó este lunes que secciones de la Ley de Delitos Sexuales contravienen la Constitución del país, al fallar a favor de un hombre homosexual que desafió las legislaciones vigentes contra la sodomía.

En un fallo de 40 páginas, la jueza Kimberly Cenac-Phulgence dijo que los artículos 14 y 16 de la Ley de Delitos Sexuales son contrarios a los artículos 1 y 10 de la Constitución de Dominica y sus derechos a la libertad consagrados en la Carta Magna.

La mencionada legislación penaliza la sodomía y otras prácticas sexuales, principalmente entre parejas del mismo sexo.

El demandante, cuya identidad no ha trascendido, alegó que la legislación viola «numerosos derechos garantizados en la Constitución de Dominica» y sus abogados hicieron especial referencia a los artículos 14 y 16 de la Ley de Delitos Sexuales.

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Esas secciones, que están incorporadas en las leyes de varios otros Estados del Caribe, penalizan sobre todo el sexo anal.

La pena máxima es de 12 años de prisión si el acto se comete con una persona de 16 años o más, mientras que el artículo 16 de la ley tipifica como delito la sodomía.

La intimidad consensual entre personas del mismo sexo todavía está penalizada en varios países del Caribe, pero en los últimos años ha habido algunos avances.

En julio de 2022, la Corte Suprema del Caribe Oriental dictaminó que una ley en Antigua y Barbuda que criminaliza el sexo homosexual es inconstitucional. 

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