martes, septiembre 17, 2024

Informe de la ONU denuncia trabajo forzado de detenidos y presos en decenas de países

Ginebra.- Diversos países, entre ellos Brasil, China, Rusia, Filipinas, Birmania (Myanmar), Polonia o Corea del Norte, han sido denunciados por imponer trabajos forzados a sus prisioneros o detenidos, indicó un informe presentado por el relator de la ONU contra la esclavitud ante el Consejo de Derechos Humanos.

En su investigación, el relator Tomoya Obokata también denunció la existencia de leyes y reglamentos que «permiten el trabajo obligatorio por expresar opiniones políticas o participar en huelgas» en Estados como Cuba, Guatemala, República Dominicana, Irán, Bulgaria, República Checa, Irak o Israel, entre otros.

El relator subrayó que la imposición de trabajo obligatorio a personas encarceladas es una práctica habitual en diversos Estados, y aunque no constituye siempre trabajo forzoso, se mantienen en muchos países prácticas que contravienen las normas internacionales de derechos humanos y las encaminadas a un trabajo digno.

«Hay una falta generalizada de oportunidades laborales significativas y, en la mayoría de los casos, los salarios son insuficientes», lo que en opinión del relator aumenta el riesgo de reincidencia de unas personas privadas de libertad.

Éstas «no pueden adquirir artículos de primera necesidad, mantener a sus seres queridos en el exterior o ahorrar para su futuro», afirmó el experto japonés.

Explotación sexual

Tomoya también expresó preocupación por las condiciones de trabajo de muchos detenidos y condenados, como largas jornadas laborales sin pausas ni días de descanso, o el acceso limitado a la protección en materia de seguridad y salud.

Uno de los apartados más preocupantes del informe de 22 páginas, elaborado con asesoramiento de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), es el que atañe a la explotación sexual, en el que se pone como ejemplo que en EEUU se han denunciado abusos sexuales contra mujeres en al menos dos tercios de las prisiones federales.

También se recogieron denuncias de violaciones y abusos sexuales, a menudo perpetrados por empleados de centros penitenciarios a cambio de mejores asignaciones de trabajo y otros beneficios, en países como Canadá, Filipinas, Irán, Libia, Birmania o Corea del Norte.

Tomoya subrayó que el trabajo durante la privación de libertad no está prohibido por el derecho internacional, pero puede ser considerado forzado por ejemplo si se impone a personas aún no condenadas sin su consentimiento.

También advierte que debe estar supervisado por autoridades públicas, no puede ofrecerse a firmas privadas sin el consentimiento de los presos y no debe imponerse con fines disciplinarios, coercitivos o discriminatorios.

El informe subraya que en algunos países los presos considerados «caucásicos» se benefician de puestos de trabajo más favorables y mejor pagados que los de otras etnias, que las personas con discapacidad suelen recibir menor remuneración por su trabajo en prisión o que muchas mujeres reciben trabajos estereotipados como «coser o hacer manualidades».

Cuba

El informe recogió denuncias de distintas ONG como Prisoners Defenders, que remitió al relator un informe específico sobre la situación de los presos cubanos cuyas conclusiones fueron tomadas en cuenta por el documento del relator.

De acuerdo con esta organización, la producción de carbón vegetal de Marabú y el corte de caña de la zafra azucarera son dos de los principales trabajos forzosos a los que son sometidos los prisioneros políticos en Cuba.

La ONG denunció que esta situación también afectaba a menores de edad, que las jornadas son de más de nueve horas diarias, que la alimentación de los trabajadores es escasa y que no hay chequeos médicos previos.

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