lunes, octubre 14, 2024

MESCYT afirma corrige distorsiones con empleados incorporados irregularmente a carrera administrativa

 SANTO DOMINGO. – El Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT) aclaró que no se ha degradado ningún empleado de carrera administrativa de la institución, sino que fueron corregidas una serie de distorsiones, irregularidades y violaciones encontradas.

Indicó que todo ciudadano que desee ingresar a la carrera administrativa, así como todo servidor público que desee ascender dentro de la misma, debe hacerlo mediante concurso de oposición, como lo establece el Artículo 3, numeral 1, de la Ley 41-08 sobre Función Pública.

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“Hacer lo contrario representa una manifestación de favoritismo y una violación directa al derecho que tienen todos los dominicanos de ocupar un puesto dentro del Estado dominicano”, agregó.

Explicó que los reglamentos de la carrera y de evaluación del desempeño son claros al definir el ascenso como el movimiento de un servidor público a un cargo que corresponde a un grupo ocupacional de un nivel superior al que ocupa y establece como requisito fundamental participar en un concurso interno para poder obtener dicho ascenso.

“En el caso que nos ocupa, todos y cada uno de estos empleados reubicados, fueron ascendidos por las pasadas autoridades sin agotar el debido proceso, sin realizar concurso alguno, y es en virtud de esta situación que fueron reincorporados dentro de los cargos donde si tienen titularidad, es decir, donde ingresaron legalmente”, precisó.

El MESCYT estableció que con la aprobación del Ministerio de Administración Pública (MAP), ha revocado los ascensos realizados de forma arbitraria por la gestión anterior, en franca violación de la Constitución que obliga a la Administración Pública, en su artículo 138, a someterse de forma plena a las leyes vigentes.

Observó que se constituye en una completa falsedad establecer que los salarios de estos servidores públicos reincorporados fueron disminuidos por debajo de la escala.

Del mismo modo, la Circular No. 0009615, emitida por el MAP indica en su numeral 3 que: “los salarios están vinculados a los cargos, a sus funciones y a las competencias que se exigen para su desempeño

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