sábado, abril 27, 2024
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Abogado reitera exdirector de Catastro no llegó a ningún tipo de acuerdo con MP en caso Calamar

Santo Domingo. –  El abogado Andres Toribio reiteró este martes que su defendido, el exdirector de Catastro, Claudio Silver Peña, no llegó a ningún tipo de acuerdo con el Ministerio Público durante el conocimiento de medidas de coerción en el caso Calamar.

En ese sentido, puntualizó que su cliente, a quien el tribunal le impuso arresto domiciliario y el pago de una garantía económica, se debe a lo expuesto durante la audiencia.

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Explicó que la medida esta establecida en el articulo 226. Numerales 2,4 y 6 del Código Procesal Penal Dominicano.

“Nuestro patrocinado el Ing. Claudio Silver Peña no tiene ningún tipo de acuerdo con el MP. Y el mismo fue atado a la Medida de Coerción consistente en las establecidas en el art. 226. Numérales 2, 4 y 6”, posteó el togado en su Twitter.

Se recuerda, que el Ministerio Público pidió para Silver Peña, en sustitución de 18 meses de prisión preventiva, arresto domiciliario y el pago de una garantía económica de 500,000 pesos, durante la audiencia.

Lista de medidas coerción impuesta a los imputados en caso Calamar

1- Claudio Silver Peña, 226-1, 2 Y 6 (garantía económica, prohibición de salida del país y arresto domiciliario).

2. Ángel Gilbert Lockward Mella (Presentación periódica, prohibición de salida del país, prisión domiciliaria y garantía económica RD$7 millones efectivo)

3. Alejandro Antonio Constanzo Sosa 226 1, 2 Y 6 (RD$1 millón efectivo) (garantía económica, impedimento de salida y arresto domiciliario)

4. Roberto Santiago Moquete Ortiz (prohibición de salida del país y arresto domiciliario).

5. Ramón David Hernández 226-1 (presentación periódica los días 30 de cada mes, prohibición de salida del país, garantía económica (RD$1 millón) y arresto domiciliario).

6. Yahaira Brito Encarnación 226-2 (prohibición de salida del país, garantía económica y arresto domiciliario).

7. Marcial Reyes 226-2 (Prohibición de salida del país y arresto domiciliario).

8.Emir José Fernández de Paola (presentación periódica, impedimento de salida, arresto domiciliario y RD$2 millones es en modalidad contrato).

Otros

9. Oscar Arturo Chalas Guerrero 226-1 (presentación periódica, prohibición de salida del país, detención en su domicilio y la garantía de RD$1 millón en efectivo)

10.  Julián Omar Fernández Figueroa 226-2 y 6 (impedimento de salida y arresto domiciliario).

11. Rafael Parmento Rodríguez Bisonó 226-1 (presentación periódica los días 30 de cada mes ante el MP Investigador (PEPCA), prohibición de salida del país.

12. Agustín Mejía Ávila 226-1, 2 y 6 (garantía económica RD$500,000, impedimento de salida y arresto domiciliario).

13. Víctor Matías Encarnación Montero 226-1, 2 y 6 (garantía económica RD$3 millones, impedimento de salida y arresto domiciliario).

14.Ángel Donald Guerrero Ortiz (prisión preventiva cuyo plazo máximo es dieciocho meses a ser cumplidos en el Centro Correccional y de Rehabilitación Najayo CCR). Fija la revisión obligatoria de esta medida para el día 4 de julio de 2023.

15. José Ramón Francisco De Jesús Peralta Fernández (prisión preventiva cuyo plazo máximo es dieciocho (18) meses, a ser cumplidos en el Centro Correccional y de Rehabilitación Najayo CCR 20. Se fija la revisión obligatoria de esta medida para el día martes 4 de julio de 2023.

16. Gonzalo Castillo Terrero: arresto domiciliario e Impedimento de salida del país sin autorización judicial, garantía económica en modalidad contrato 20 millones en modalidad contrato fianza.

17. Daniel Omar de Jesús Caamaño Santana (impedimento de salida, garantía económica por valor de 4 millones en modalidad fianza).

18. Luis Miguel Piccirillo Mcabe: arresto domiciliario e impedimento de salida del país sin autorización judicial.

19. Aldo Antonio Gerbasi Fernández garantía económica de 5 millones en modalidad contrato e impedimento de salida del país sin autorización judicial.

20. Ana Linda Fernández Paola: arresto domiciliario con autorización para asistir a todos los procedimientos médicos informados por sus abogados al tribunal.

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