Santo Domingo.- La ley que declara como judicialmente fallecidas a las personas que aún están desaparecidas fue promulgada este martes 13 al cumplirse un año de la explosión en San Cristóbal del 14 de agosto en la que fallecieron 42 personas y decenas no dejaron rastros.
Esta tragedia fue el principal móvil para que diputada Ydenia Doñé, representante de la provincia San Cristóbal, sometiera el proyecto que busca poder declarar como fallecidas a 12 personas de las que desde ese día no se sabe nada pero estaban en el lugar del hecho.
El proyecto de ley fue revisado y modificado en el Senado, donde se incluyó un artículo para que la ley no aplique a personas que aparezcan después de promulgada la normativa.
En su artículo uno la pieza legislativa establece que: “Las personas físicas que hayan desaparecido y que se encontraban en el antiguo mercadito, ubicado en la calle Padre Ayala del municipio de San Cristóbal, así como en las zonas aledañas que no se tengan noticias que vivan y cuyos cadáveres no han podido ser encontrados podrán ser declaradas fallecidas, a petición de todo interesado o del Ministerio Público, por vía de instancia dirigida a la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de San Cristóbal”.
«Realmente es doloroso decirlo pero nosotros no tenemos conocimiento de ningún tipo de información. El Ministerio Público tenía un rol que cumplir que era acordonar el lugar de los hechos e impedir que ahí se contaminara la escena, sin embargo, al otro día (el 15 de agosto 2023) comenzó el desmembramiento de la escena y en 4 días se llevaron 400 toneladas de material, desapareciendo todas las evidencia y todas las osamentas humanas que habían ahí«, explicó Roberto Sánchez representante legal de las víctimas desaparecidas.
Te puede interesar: A un año de la explosión de San Cristóbal, fatídico siniestro que sumió en luto a todo un pueblo
Trascendió que los camioneros que trabajaron en el movimiento de los escombros dijeron que entre los materiales habían restos de cuerpos sin vida.
«Es muy difícil realmente porque nosotros nunca lo despedido, al principio con la esperanza de que nos dieran algo, un cuerpo, una parte, lo que sea, nunca lo pudimos despedir, tampoco el acta de defunción hasta la fecha no nos la han dado«, expresó Diego Cuevas, hijo de Alfonso Cuevas uno de los desaparecidos en la explosión.
La legislación dominicana tiene varios precedentes de iniciativas como esas:
• Ley 5818 de 1962, que declaró judicialmente fallecidos a desaparecidos durante expedición de Constanza, Maimón y Estero Hondo.
• Ley 5832 de 1962 para desaparecidos durante tiranía trujillista
• Ley 87 de 1965 para desaparecidos en la revolución de abril del 1965.
Se recuerda que hoy la Comisión de la Verdad junto a los familiares de las víctimas realizarán una misa y un acto conmemorativo para recordar a sus seres queridos y exigir justicia en busca de que el Estado responda con los resultados de la investigación e indemnización.