Santo Domingo. – El Partido Revolucionario Dominicano (PRD), junto a la Fuerza del Pueblo (FP) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), depositó este lunes un documento ante la Junta Central Electoral (JCE) en el que manifestaron su rechazo al comunicado en el que órgano de comicios advirtió sobre la prohibición de eventos masivos y publicidad electoral en el período de precampaña.
En la referida misiva, hacen constar su “firme oposición al Comunicado de Admonición emitido por esa Junta Central Electoral el jueves 10 de agosto del año en curso, relativo a la prohibición de eventos multitudinarios como mítines, marchas, caravanas y la divulgación de propaganda electoral, como la colocación de vallas, afiches, pancartas, en espacios y lugares públicos, así como también la promoción de los aspirantes a través de medios de comunicación como la radio y la televisión”.
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Indicaron que tal medida por parte de la Junta vulnera derechos fundamentales y desconoce, por completo, decisiones que al respecto han emitido el Tribunal Superior Administrativo (TSA) y el Tribunal Constitucional (TC).
Recordaron que eventos como los citados por la JCE en su comunicado constituyen una manifestación de la libertad de reunión. En ese orden, señalaron que el artículo 48 de la Constitución precisa que “toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos”. Agregaron que también constituyen una manifestación de la libertad de expresión, establecida en el artículo 49 de la Carta Magna, “a través del cual toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”.
Los partidos
Estos partidos advirtieron que “vulnerar dichos derechos mediante una decisión administrativa acarrearía una evidente acción de inconstitucionalidad de dicho acto”.
“En consecuencia, el ejercicio de tales derechos sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás”, sancionaron.
También resaltaron que el Tribunal Constitucional, mediante la sentencia TC/0052/22, del 22 de febrero de 2022, dictaminó específicamente que las prohibiciones contenidas en el artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, No. 33-18 (base del comunicado), “más que ir en beneficio de la colectividad, limita uno de los derechos fundamentales más importantes en nuestro ordenamiento constitucional como lo es la libertad de expresión, por lo que la misma no supera el examen de razonabilidad que justificaría su permanencia en el ordenamiento jurídico”.
A la JCE
Sobre la propaganda y la publicidad en precampaña, también recordaron que ambos tribunales ya habían establecido, en otros dictámenes, que las referidas prohibiciones eran contrarias a las prerrogativas contempladas en la Constitución de la República. En ese sentido, citaron las sentencias TC/0441/19, la propia TC/0052/22 y la número 0030-04-2019-SSEN-00354 (del TSA).
Respecto a la penalidad citada por la JCE en su comunicado sobre la retención de fondos públicos a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, recordaron que el Tribunal Constitucional declaró, mediante la sentencia TC/0441/19, del 10 de octubre de 2019, la nulidad de dicha medida por ser contraria a la Carta Magna.
En ese orden, estos tres partidos de oposición solicitaron a la Junta desestimar y dejar sin efecto el referido comunicado del órgano de comicios. Al mismo tiempo, dejaron constancia de su apego y respeto irrestricto a las disposiciones de la Constitución de la República, las leyes, reglamentos y las decisiones judiciales que integran el ordenamiento jurídico dominicano.