jueves, noviembre 21, 2024

El cálculo de prestaciones laborales será descentralizado, dispuso el MAP

  • comisión de energia

Santo Domingo.– El Ministerio de Administración Pública (MAP) aprobó la descentralización del cálculo de los beneficios y prestaciones laborales, el cual podrá ser realizado por cada una de las instituciones del Estado, incluyendo las descentralizadas.

A través de una resolución, firmada por el ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, el organismo afirmó que, a partir del 19 de octubre, las oficinas de recursos humanos de los entes y órganos son las responsables de calcular los beneficios laborales y hacer los pagos correspondientes de sus servidores públicos desvinculados del servicio por cualquier causa, incluso en los casos de fallecimiento o pensión.

Te puede interesar: MAP extiende horario de servicio para eficientizar procesos de No objeción

El documento, enviado por el MAP este domingo, indicó que los titulares de las áreas administrativas y financieras y de recursos humanos, deben asegurarse de que los cálculos de beneficios laborales cumplan con los requisitos legales y reglamentarios. Para esos fines, estos deben de cumplir con los procedimientos internos, para garantizar la precisión y la transparencia en los cálculos y en los pagos de los beneficios laborales realizados.

Precisó que estos serán los responsables de realizar y subir el proceso en el Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft), y adjuntar la hoja de cálculos debidamente sellada y firmada por los titulares de las áreas administrativas, financieras y de recursos humanos, junto a la firma de las máximas autoridades de esa institución.

Cada Rincon Banner turismo

Explicó el MAP, que la documentación requerida para la emisión de los cálculos de beneficios laborales es la cédula personal de identidad y electoral, la certificación de cargo que haga constar las vacaciones no disfrutadas y la carta de desvinculación, que deberá incluir la renuncia o acta de defunción en los casos que correspondan.

El Reclasoft es un sistema de gestión desarrollado por el MAP que permite la «interoperabilidad» con los entes y órganos de la Administración Pública para lograr la eficiencia y efectividad en los pagos a exservidores públicos.

El documento aclaró que, en caso de que se genere una disconformidad con respecto al cálculo de las prestaciones laborales, generados y subidos al Reclasoft, ya sea por parte del ente u órgano o del empleado, se deberá presentar una reclamación formal ante la institución en la cual prestaba sus servicios la persona, dentro de un plazo de 15 días, contados a partir de que le sea comunicado el cálculo de beneficios laborales.

Esa reclamación deberá ser presentada por escrito y tendrá que incluir una descripción detallada de las razones de la disconformidad presentada, así como cualquier documentación de soporte pertinente; la institución realizará una revisión interna de los cálculos en caso de que corresponda.

En caso de que la disconformidad no se resuelva a nivel de la entidad o si alguna de las partes no está satisfecha con el cálculo de beneficios laborales, el actuará como órgano fiscalizador y conciliador en la resolución de conflictos relacionados con el cálculo de los beneficios laborales.

En el foco

  • banner serie 54 300x250

  • banner mercadexpoe 300x250 2024

Explora más