jueves, mayo 9, 2024

Hony denuncia con modificación a Ley de Cine talento local se reduciría a extra

Santo Domingo. – La comunicadora Hony Estrella denunció que dentro la propuesta de modificación a la Ley 108.10 de fomento a la industria cinematográfica, buscan eliminar el artículo 34 para limitar al talento local.

“Para que Gaby y yo que hacemos cine terminemos siendo extras porque solo quieren el artículo 39 para traer producciones internacionales, que traen divisas al país”, expresó.

Durante un comentario que realizó en el programa Esto no es Radio, que se difunde de lunes a viernes por Alofoke FM, 99.3, alertó al Gobierno y aclaró que el cine es una tercera para de la economía dominicana, a parte de las remesas y el turismo.

Reconoció que “la familia que se quiere hacer dueña del país” está haciendo muchas cosas buenas, sin embargo, cree que deben entender que “este no es un país de borregos” y que se puede hacer muchas cosas en favor de la sociedad.

“Por favor, entiendan que aquí vive gente, que esta sociedad y que esta ciudad le pertenece al ciudadano”, llamó.

Ha trascendido que la dentro de la reforma fiscal que busca implementar el Estado, la administración del presidente Luis Abinader, ha planteado una posible reforma a la Ley de Cine.

Artículo 34.- Estímulo tributario a la inversión en la cinematografía nacional. (Modificado Por la Ley No. 257-10 de fecha 18 de noviembre de 2010, G.O. No. 10596 del 30 de noviembre de 2010). Las personas jurídicas que realicen inversiones en entidades cuyo objeto exclusivo sea la producción de obras cinematográficas de largometrajes dominicanos previamente aprobados por la Dirección General de Cine (DGCINE), tienen derecho a deducir el cien por ciento (100%) del valor real invertido del Impuesto Sobre la Renta a su cargo, correspondiente al período gravable en que se realice la inversión.

Párrafo I.- El monto compensable del Impuesto Sobre la Renta a que se refiere el presente artículo no podrá superar el 25% del impuesto a pagar del ejercicio fiscal del año en que se realizó la inversión.

Párrafo II.-En el caso de donaciones otorgadas, las mismas deben ser deducibles hasta el cinco por ciento (5%) de la renta neta imponible del ejercicio, conforme a lo dispuesto por el Código Tributario Dominicano.

Párrafo III.-En caso de donaciones al FONPROCINE, se deben expedir Certificados de Donación Cinematográfica por la Dirección General de Cine (DGCINE).

Párrafo IV.- En ningún caso se considerará como inversión los apoyos o estímulos otorgados con recursos de FONPROCINE al respectivo proyecto.

Artículo 39. Crédito Fiscal Transferible (Modificado por la Ley No. 82-13 de fecha 27 de junio de 2013, G.O. No. 10718 del 1 de julio de 2013, que derogó el Art. 34 de la Ley No. 253-12). Podrán optar por beneficiarse de un crédito fiscal equivalente a un veinticinco (25%) de todos los gastos realizados en la República Dominicana, las personas naturales o jurídicas que produzcan obras cinematográficas y audiovisuales dominicanas o extranjeras en el territorio dominicano. Dicho crédito podrá ser usado para compensar cualquier obligación del Impuesto Sobre la Renta o podrá ser transferido en favor de cualquier persona natural o jurídica para los mismos fines.

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