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Franklin Romero: dispositivos telemáticos clave contra feminicidios

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San Francisco de Macorís. – El senador por la provincia Duarte, Franklin Romero, destacó este martes, que la incorporación de dispositivos telemáticos en delitos de violencia de género, iniciativa de su autoría que fue aprobada en la reciente modificación del Código Penal, con el objetivo de prevenir, y sancionar, es fundamental para erradicar el feminicidio, y por ende la violencia contra las mujeres en el país.

Romero, hizo el señalamiento al presentarse ayer una reforma en el Congreso Nacional, la cual busca frenar los feminicidios y los filicidios en el país, el segundo de la región con mayor tasa de asesinatos contra las mujeres.

La reforma, bautizada como ‘Déjala ir’, y que el Congreso Nacional considera «sin precedentes», busca reducir los feminicidios y filicidios para 2030 y erradicarlos completamente en 2035.

El congresista aseveró en torno a su propuesta presentada durante el estudio de modificación del Código Penal, que dichas medidas ofrecen la oportunidad de habilitar al juez, para que cuando lo estime necesario y mediante una resolución debidamente motivada, pueda disponer el uso de dispositivos de vigilancia telemática, tales como brazaletes, tobilleras, pulseras u otros recursos electrónicos con geolocalización, a fin de reforzar el cumplimiento de dichas órdenes restrictivas, especialmente en situaciones de alto riesgo para la integridad de la persona afectada.
Igualmente, Romero, propuso durante la discusión de la importante pieza legislativa, agregar un párrafo al artículo 130 del Código Penal, los Tipos de Órdenes de Protección, para facultar a la autoridad judicial debidamente a disponer, cuando entienda pertinente y mediante resolución sustentada, el uso de dispositivos de vigilancia telemática en de violencia doméstica, intrafamiliar o de género.

Entre los tipos de órdenes de protección propuestos por el senador Franklin Romero, las cuales buscan proteger a la victima de sus eventuales agresores están:

1) Orden de abstenerse de molestar, intimidar o amenazar a la víctima interferir en la guarda o custodia provisional o definitiva acordada en virtud de la ley o de una orden judicial;

2) Orden para impedir que el imputado se acerque al lugar de residencia trabajo de la víctima o a los lugares frecuentados por esta;

3) Orden para impedir que el imputado establezca cualquier tipo de contacto con la víctima;

4) Orden de desalojo temporal del imputado del hogar para prevenir ocurrencia de actos de violencia similares a los que se le imputan;

5) Orden para impedir que el imputado traslade del lugar o residencia donde encuentran los hijos comunes que tenga con su pareja, conviviente ex conviviente, sin el consentimiento previo y formal de esta o este;

6) Orden que le otorga a la víctima la custodia temporal de los hijos procreado con el imputado;

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7) Orden al imputado de reponer cualquier bien que le haya destruido ocultado a la víctima;

8) Orden de internamiento de la víctima en un lugar de acogida o refugio, público o privado; Código Penal de la República Dominicana.

9) Orden de suministrar en provecho de la víctima los servicios de salud que esta requiera, así como los servicios de orientación para su familia, cargo del organismo público o privado apto para ello, que se estimen necesarios;

10) Orden al imputado de rendir cuentas sobre su administración de los bienes o negocios que tiene o ha tenido en común con la víctima;

11) Orden para impedir al imputado la enajenación, disposición, ocultación traslado de los bienes que tiene en común con la víctima o de aquellos que son de la propiedad exclusiva de esta.

Con la aplicación de estas medidas, Romero aseguró que las mujeres víctimas de violencia de género, tendrían una protección efectiva por parte del Estado Dominicano.

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