jueves, mayo 14, 2026
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Gobierno de Abinader muestra pasos de avances con promulgación de importantes leyes

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A lo largo de estos dos años de gestión del presidente de la República, Luis Abinader, se han promulgado una serie de leyes que tienen como principal objetivo mejorar las relaciones sociales entre los ciudadanos que conviven en el territorio dominicano.

Desde el 16 de agosto del año 2020, fecha en la que Abinader asumió el cargo como jefe de Estado, se han puesto en vigencia alrededor de 10 nuevas normativas, siendo el más reciente la Ley de Extinción de Dominio, luego de varios años de debates en el Congreso.

En el caso de la Ley No. 340-22, esta tiene como principal objetivo recuperar los bienes que provienen directa o indirectamente de un hecho ilícito cometido en territorio nacional o en el extranjero.

Durante su promulgación, Abinader dejó claro su compromiso en la lucha contra la corrupción y su intención de fortalecer el sistema de justicia.

Asimismo, otro de los proyectos que tardó un buen tiempo en discusión hasta que finalmente fue aprobada en el 2021, fue la Ley 1-20 sobre la prohibición del matrimonio infantil.

Esta ley, en su artículo número uno establece que “Tiene por objeto prohibir que las personas menores de dieciocho años contraigan matrimonio, mediante la modificación y derogación de varias disposiciones del Código Civil de la ley 659, del 17 de julio de 1994, sobre actos del Estado Civil”.

También, en el año pasado se promulgó la nueva Ley de Aduanas, la cual sustituye la Ley No. 3489 del 14 de febrero del 1953, que surge para regular el sector aduanero de la República Dominicana.

La Ley 168-21 la componen 420 artículos, que tienen como función regular el funcionamiento aduanero dominicano, al tiempo que busca dinamizar el comercio a través de la simplificación y eliminación de trámites burocráticos.

Otro importante proyecto que obtuvo su aprobación sin “mucho estancamiento” en el Congreso y más tarde promulgado de manera provisional por el Poder Ejecutivo, fue la Ley 6-22 que elimina los aranceles en alrededor de 67 productos de la canasta básica.

Luego de haber sido aprobada en dos lecturas por la Cámara de Diputados y luego en el Senado de la República, el presidente promulgó la Ley Núm. 6-21, mediante la cual se agrega un numeral a los casos de excepción descritos en el artículo 6 de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, del 18 de agosto de 2006.

A través de esta ley, las vacunas en caso de pandemia, peligro de epidemia o epidemia declarada, para su tratamiento y erradicación, en el marco de un Estado de Excepción en su modalidad de Estado de Emergencia, no estarán sujeta al ámbito de aplicación de la Ley 340-06.

Igualmente, la Ley 338-21 que modifica el artículo 129 y el artículo 131 en sus párrafos I, II y III, de la ley 189-11, del 16 de julio de 2011, para el desarrollo del mercado hipotecario y el fideicomiso en la República Dominicana.

Esta normativa tiene el fin de aumentar el valor de referencia de las viviendas de bajo costo y eximir del pago del impuesto de transferencia inmobiliaria a aquellos adquirientes de primera vivienda a través de fideicomisos.

Leyes sugeridas de otros sectores

Entre las leyes promulgadas por el presidente Luis Abinader, está la Ley de Uso de Medios Digitales en el Poder Judicial, con la que la Suprema Corte de Justicia hará uso de la iniciativa legislativa prevista en la Constitución de la República Dominicana.

El dictamen num. 339-22, sugerido por la entidad judicial, establece los reglamentos para el uso de medios digitales en el Poder Judicial, sin afectar las normas procesales vigentes.

En ese sentido, los usuarios del servicio de justicia podrán visualizar y dar seguimiento a sus expedientes, y se facilitará el acceso a la justicia al permitir realizar solicitudes, depósitos y consultas a través del internet, desde cualquier lugar del país.

Además, que le permitiría a los abogados y ciudadanos tener la opción de asistir a sus audiencias de manera virtual, en todas las materias a excepción de la penal.

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