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ASODORE rechaza ilegal exclusión de regidores que ejercen la medicina y la docencia en RD

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Santo Domingo.- La Asociación Dominicana de Regidores (ASODORE), representada por la diversidad de sus fuerzas políticas, declaró su rechazo a las ilegales iniciativas de desvinculación y retenciones de pagos de salarios de los regidores que ejercen la medicina, la docencia y sus ramas afines por parte de los ministerio de Educación, Salud Publica, Sistema Nacional de Salud y la Tesorería Nacional.

El presidente de ASODORE, Eliazar Reynoso, afirmó que esa entidad se opone rotundamente a que las instituciones estatales entes mencionadas, se mantengan lesionando derechos fundamentales que les asisten a los regidores, haciendo una interpretación antojadiza e ilegal de la Ley No. 41-08 de Funciona Publica.

“Hace un tiempo regidores de todo el país que al mismo tiempo tienen las funciones de ser médicos, dentistas, veterinarios, enfermeras, maestros, empleados técnicos docentes y funcionarios administradores docentes, han venido padeciendo de situaciones incomodas que restringen de forma lesiva sus derechos fundamentales, por medio de la destitución y paralización en el pago de sus salarios. Constitución y las leyes adjetivas permiten que se puedan ejercer las profesiones antes indicadas conjuntamente con la de regidor(a), por tanto, entendemos que en la especie se trata de un error de interpretación de la ley orgánica de la administración pública que naturalmente perjudica derechos fundamentales de los regidores como es el derecho al trabajo”, expuso el dirigente municipal.

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Planteó que conforme a nuestra carta magna en sus artículos 7 y 8 combinados, la Republica Dominicana, es un Estado social, democrático y de derecho fundamentado en el respeto a la dignidad humana los derechos fundamentales y el TRABAJO, cuya misión efectiva es la obtención y la proporción de los medios que permitan que el ciudadano se perfeccione de forma igualitaria dentro del marco de la Constitución y la ley.

En el encuentro con la prensa estuvieron presentes regidores del Partido Revolucionario Moderno (PRM), del Partido de la Liberación Dominicana (PLD); de la Fuerza del Pueblo (FP); del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y del Partido Reformista Social cristiano (PRSC).

Externo que el caso trata de suspensiones y exclusiones ligadas o tomando como base declaratoria de incompatibilidades del cargo de regidor, por ser los regidores electos profesionales afines a la medicina y la docencia, lo cual violenta frontalmente lo que disponen los articulo 38 y 39 de la Ley 176/07, no procede, sin haber sido estos regidores sometidos a un juicio político, por faltas graves en el ejercicio de sus funciones.

La Constitución de la Nación dominicana, al momento de proteger derechos fundamentales, dispones que los mismos se protegen de conformidad con la ley, lo cual significa que, aun siendo una garantía del Estado en favor de las personas sobre determinados derechos, estos se garantizan bajo el sistema de las leyes adjetivas.

 “En otras palabras, la Constitución Dominicana en su artículo 144, dispone que: “Régimen de compensación. Ningún funcionario o empleado del Estado puede desempeñar, de forma simultánea, más de un cargo remunerado, salvo la docencia”.

De lo que se trata -apuntó Eliazar Reynoso, es desconocer las disposiciones contenidas en las leyes de Educación No. 66/97, así como la Ley General de Salud No. 42-01, y sobre todo la Ley No. 41-08 de Función Publica, misma que dispone en su artículo 2, que los funcionarios electos se encuentran excluidos de la aplicación de la indicada ley.

Como se puede verificar en la ley municipal No. 176/07, no es posible suspender a un funcionario electo para un cargo municipal, sin que sobre éste existiera una causa de inelegibilidad al cargo establecida en el artículo 39, dispone de forma clara y precisa que solo se podrá declarar la incompatibilidad del cargo electo de un funcionario municipal, cuando se encuentren en una de las causales descritas en el citado artículo.

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