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Denuncian que abogados de la Dirección de Jubilaciones y Pensiones aplican prácticas abusivas en perjuicio de pensionados

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Batía lleva cuatro casos similares de los cuales uno tiene sentencia de la Suprema y otros tres esperan fallos.


Santo Domingo.- El jurista Oliver Batía, abogado defensor del señor Leocadio Valentín Lebrón Jiménez denunció hoy las actuaciones desleales, abusivas y contrarias a la ética profesional de los abogados Elvin Villanueva, José Calasanz Moreno, Jean Carlos Amparo Guerrero y Santa C. de los Santos Guzmán, representantes legales de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP).

Batía dijo que dicha denuncia surge luego de que la Suprema Corte de Justicia, mediante la Sentencia Núm. SCJ-TS-25-0329, de fecha 28 de marzo de 2025, confirmara de forma firme, definitiva e irrevocable los derechos del señor Lebrón Jiménez, ordenando el reajuste y pago retroactivo de su pensión conforme a la Ley 379-81.

“En un caso emblemático, la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) dictó la sentencia No. 0030-1643-2023-SSEN-00912, de fecha 31 de octubre de 2023, mediante la cual ordenó a la DGJP reajustar la pensión del señor Leocadio Valentín Lebrón Jiménez conforme a la Ley 379-81, así como pagar los retroactivos e intereses legales por el retardo injustificado en la ejecución de su derecho, dicha decisión fue ratificada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) el 28 de marzo de 2025, mediante la sentencia No. SCJ-TS-25-0329, la cual rechazó en todas sus partes el recurso de casación interpuesto por la DGJP y confirmó la validez de la decisión emitida por el TSA”, detalló Batía.

Según el jurista, posteriormente la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia certificó el 2 de junio de 2025 que no existe recurso de revisión constitucional pendiente, dejando el fallo firme, definitivo y obligatorio. Pese a la autoridad de la cosa juzgada y al carácter obligatorio de dicha decisión, los mencionados letrados han persistido en promover recursos de revisión infundados y una demanda de suspensión de ejecución de sentencia, con el único propósito de dilatar maliciosamente el cumplimiento de una decisión definitiva.

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Batía dijo también que estas actuaciones, además de contrariar los principios de buena fe procesal, constituyen un atropello a la dignidad de un envejeciente que solo reclama lo que en justicia le pertenece.

“Tales maniobras se enmarcan dentro de la figura de la deslealtad procesal, sancionada por el Artículo 56 de la Ley Núm. 2-23, que faculta a la Honorable Suprema Corte de Justicia a imponer, tanto a los abogados actuantes como a la institución que representan, una multa civil de hasta diez (10) salarios mínimos del más alto del sector privado, equivalentes a RD$249,900.00, así como una indemnización de hasta cincuenta (50) salarios mínimos, que ascendería a RD$1,249,500.00, por los daños morales y materiales ocasionados”, reiteró.

Sin embargo, pese a estas decisiones judiciales irrevocables, la DGJP no ha cumplido con la sentencia, incurriendo en un desacato institucional que atenta contra la autoridad del Poder Judicial y los derechos fundamentales de los pensionados del Estado.

Deuda por más de 10 millones de pesos
En consecuencia, la suma total reconocida a la fecha del 12 de noviembre de 2025 asciende a
DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS DOMINICANOS CON 40/100 (RD$10,458,125.40), distribuidos de la siguiente manera:
A.     RD$7,352,271.41, por concepto de retroactivo derivado del reajuste de pensión, calculado desde el 23 de diciembre de 2020 hasta la fecha del presente acto;
B.     RD$2,864,935.09, por concepto de intereses legales al 1% mensual, contados desde el 1 de septiembre de 2022 hasta la fecha del presente acto;
C.     RD$240,918.89, por concepto de variación monetaria (IPC) conforme al índice del Banco Central de la República Dominicana. Total general adeudado: RD$10,458,125.40.

Ante esta situación, la parte denunciante exhorta a la Suprema Corte de Justicia a aplicar con rigor y ejemplaridad la citada disposición legal, en defensa del orden jurídico, la ética profesional y la majestad de la justicia dominicana, para frenar el uso inmoral y dilatorio de los recursos judiciales que afectan el derecho de los ciudadanos, especialmente los adultos mayores, a recibir una tutela judicial efectiva.

En igual condición se encuentran otros tres representados por el Centro jurídico Batía Ramos, los cuales esperan sentencias próximamente. 

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