El Teatro Agua y Luz, lugar donde 355 chorros de agua bailaban al ritmo de valses, mientras cuatro mil bombillas de diversos colores les daban tono y vivacidad a los movimientos, se ha convertido a través del tiempo en unas ruinas de depósito de basuras, acogiendo indigentes, malezas y animales callejeros.
A 67 años de abrir el telón, el espectáculo central de la gran obra del arquitecto Carles Buïgas son las paredes deterioradas, dejadas en el olvido por las instituciones del Estado que tienen el deber de mantener y administrar dichas instalaciones.
En la actualidad la edificación del que fue uno de los anfiteatros más concurridos del país, funciona como parqueo de la Dirección General de Pasaporte y la Dirección General de Migración, esta última también utiliza parte del exterior de la edificación, en su zona oeste, como almacén y centro de atención para ciudadanos venezolanos.
En el edificio que hoy cuenta con sus alrededores cubierto de hojas de zinc, tratando de evitar que indigentes y trabajadoras sexuales lo conviertan en su hábitat, fue el escenario de presentaciones de grandes artistas como Sandro de América, Raphael de España y Frank Sinatra.
Su creación e intenciones de demolición
El Teatro Agua y Luz fue construido junto con la Feria de la Paz y Confraternidad del Mundo Libre con el propósito de celebrar 25 años de “gloria” en el poder del tirano Rafael Leónidas Trujillo en 1955.
En 2004 quisieron demolerlo para construir un estacionamiento que resolviera los problemas de la congestión vehicular en las vías del Centro de los Héroes.
Sin embargo, la propuesta provocó reacciones de descontento entre expertos artísticos y el exalcalde del Distrito Nacional, Roberto Salcedo, quienes se opusieron a la iniciativa.
Dos años más tarde, la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo (Corphotels) acordó la remodelación de la obra con la empresa norteamericana Dawn Properties, proyecto cotizado por un valor de US$12 millones.
En el contrato, Dawn Properties iba a tener el control del teatro por 30 años y se comprometía a conservar la estructura original de la edificación, aunque en su interior operarían un casino con salones VIP, un restaurante y un hotel.
No obstante, en el 2007 el proceso se paralizó y Corphotels canceló el contrato debido a la “inacción” por parte de la empresa.
Otro arrendamiento
En el 2006 en el gobierno de Leonel Fernández, fue arrendado por 30 años a ASTUR S.A. de Miguel Vargas Maldonado.
El 25 de noviembre del año 2020, CORPHOTELS emitió un informe en el que indica que Consultoría Astur, S.A. no había cumplido con la ejecución del contrato de arrendamiento.
Este acuerdo establece que la empresa debía pagar una renta de US$5,000 mensuales al Estado dominicano sumando un total de US$1.5 millones.
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) falló a favor del Estado, al rechazar las medidas cautelares interpuestas por las empresas de Consultoría Astur S.A. y Golden Star Hotel and Resorts S.R.L.
Situación actual del teatro Agua y Luz
En febrero del 2023 el Tribunal Superior Administrativo dispuso la anulación del contrato a la Consultoría Astur S.A. y declaró ilegal el procedimiento llevado a cabo por la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo (Corphotels)
La Quinta Sala del TSA rechazó el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Consultoría Astur, S. A. contra una resolución emitida por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) que declara ilegal la licitación pública para el arrendamiento del teatro.
La entidad explicó que determinó varias inobservancias que fueron ratificadas por el TSA, tales como que Corphotels, en su calidad de entidad contratante, no otorgó el plazo mínimo establecido para la presentación de las ofertas estipulado en el párrafo único del artículo 54 la Ley 340-06, lo que ocasionó que se violara el principio de participación amparado en el numeral 8 del artículo 3 de la referida ley.
Detallan que tampoco incluyó en el pliego de condiciones todos los criterios, sub-criterios, parámetros o valoraciones que permitieran establecer de manera objetiva su evaluación y calificación y no conformó debidamente el Comité de Compras y Contrataciones con el quórum requerido en todos los actos administrativos en violación al artículo 36 del Reglamento de Aplicación 543-12.