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Vicepresidenta asegura Gobierno respeta independencia del TC, pero rechaza fallo que elimina sanciones internas por relaciones entre personas del mismo sexo

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Santiago. - La vicepresidenta de la República, Raquel Peña, afirmó este domingo que el Gobierno respeta la independencia del Tribunal Constitucional (TC), aunque aclaró que no comparte la sentencia TC/1225/25, que elimina las sanciones internas por relaciones consensuadas entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.

Peña se refirió al tema tras concluir la caminata “Un paso por mi familia”, realizada en el Parque Central de Santiago, donde la Comisión Nacional de Familia manifestó públicamente su preocupación por el alcance social y legal del fallo, pidiendo al Estado analizar sus implicaciones.

“Ellos actuaron de esa manera. Eso no significa que en el Poder Ejecutivo estemos de acuerdo con esa decisión”, expresó la vicepresidenta, al insistir en la separación e independencia de poderes.

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Los esposos Juan Cruz e Idalia Brito, voceros de la Comisión Nacional de Familia, leyeron un manifiesto en el que señalaron que la sentencia ha causado “sorpresa e inquietud” en amplios sectores del país, incluyendo ciudadanos, legisladores y organizaciones sociales, debido a que —afirman— no se ha ofrecido una explicación clara sobre sus motivaciones.

El documento advierte que la eliminación de sanciones internas en los cuerpos castrenses debe hacerse con “extremo cuidado”, respetando la disciplina militar, las buenas costumbres y los valores familiares, al tiempo que insta al presidente de la República a actuar con “responsabilidad histórica” para proteger la integridad moral de estas instituciones.

La Comisión también señaló que la sentencia ha “conmocionado” a la nación y pidió evaluar sus consecuencias en instituciones como la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, donde tradicionalmente se han regido códigos estrictos de conducta interna.

Sobre la sentencia TC/1225/25

La decisión, emitida el 18 de noviembre de 2025, declara inconstitucionales los artículos 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional y 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, que sancionaban las relaciones sexuales consensuadas entre personas del mismo sexo dentro de las instituciones castrenses.

El TC concluyó que estas disposiciones violaban derechos fundamentales como la igualdad y no discriminación por orientación sexual, el derecho a la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo, reafirmando la supremacía constitucional sobre normativas internas que contravengan estos principios.

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