Santo Domingo.– A raíz de la promulgación de la nueva Ley núm. 47-25 sobre Contrataciones Públicas, el pasado 28 de julio, el abogado y comunicador Manuel Alejandro Bordas Nina ofreció un análisis detallado sobre los principales cambios introducidos por la normativa, en un artículo publicado por el Observatorio de Contratación Pública de la República Dominicana (ObCP).
Uno de los aspectos más relevantes señalados por el jurista es la eliminación de la inhabilitación permanente como sanción para oferentes y contratistas, disposición que anteriormente estaba contemplada en la Ley núm. 340-06. Bordas Nina afirmó que esta figura operaba como una “pena perpetua administrativa”, contraria a los principios constitucionales de razonabilidad, proporcionalidad y debido proceso.
“Con la Ley 47-25 el país abandona un modelo sancionador excesivo e inconstitucional, que equivalía a una cadena perpetua administrativa. Ahora contamos con un régimen más equilibrado y justo, que protege al Estado frente a conductas irregulares sin sacrificar los derechos fundamentales de los administrados”, afirmó.
El nuevo marco legal establece sanciones de hasta diez años de inhabilitación en casos graves, pero elimina la posibilidad de excluir de forma absoluta y definitiva a los sancionados del sistema de contrataciones. Este enfoque, destacó el jurista, reafirma el principio de reinserción y consolida la supremacía constitucional en el ejercicio de la potestad sancionadora del Estado.
La publicación del artículo en el ObCP se considera un aporte significativo al debate jurídico nacional, al situar a la República Dominicana en una ruta de mayor transparencia, seguridad jurídica y alineamiento con los estándares democráticos internacionales.







