Santo Domingo – En la madrugada de este jueves, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional emitió su veredicto en el emblemático caso Antipulpo, dictando condenas de prisión, penas suspendidas y absoluciones contra varios de los acusados en uno de los escándalos de corrupción más relevantes de la última década en República Dominicana.
En ese sentido, el Tribunal determinó fijar la lectura íntegra de la sentencia para el próximo 25 de septiembre a las 9:00 de la mañana.
Te puede interesar: http://Tribunal absuelve a Carmen Magalys Medina y Fernando Rosa en juicio por caso Antipulpo
El principal implicado, Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente Danilo Medina, fue condenado a siete años de prisión tras ser hallado culpable de soborno, lavado de activos y asociación de malhechores. Deberá cumplir su condena en el Centro Correccional Najayo-Hombres.
En la misma sentencia, el tribunal condenó al exdirector de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), Francisco Pagán, a cinco años de prisión suspendida, tras acoger el acuerdo de colaboración que este firmó con el Ministerio Público.
Por otro lado, la hermana de Alexis Medina, Carmen Magalys Medina Sánchez, expresidenta del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), fue absuelta, al igual que Fernando Rosa, exdirector del mismo organismo, y otros implicados. También resultaron condenados José Dolores Santana Carmona, a seis años de prisión en Najayo-Hombres; Wascar Bernabé Méndez, Paola Molina Suazo y Martín Monte de Oca, cada uno a cinco años de prisión en Najayo; mientras que Víctor Matías Encarnación Montero fue condenado a cinco años de prisión suspendida y al pago de una multa de RD$500,000.
En contraste, las juezas Claribel Nivar Arias (presidenta del tribunal), Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo decidieron absolver a varios de los acusados, entre ellos Lina de la Cruz, Rafael Antonio Germosén, Fulvio Antonio Gómez, Liny Valenzuela, Aquiles Alejandro Cristofer y Antonio Florentino Méndez, por insuficiencia de pruebas.
En el caso del exministro de Salud Pública, Freddy Hidalgo, el tribunal dictó un “no ha lugar”, al determinar que no existían evidencias suficientes que establecieran una infracción penal en su contra.





