Santo Domingo.– El nuevo Código Penal instituido mediante la Ley 74-25, entrará en vigencia en agosto de 2026, tras cumplirse un período de vacatio legis de 12 meses, con la finalidad de que la etapa transitoria tiene brinde el tiempo necesario para que ciudadanos, instituciones y operadores del sistema de justicia conozcan, comprendan y se preparen para la aplicación del nuevo régimen penal.
La vacatio legis, término jurídico de origen latino que significa “vacancia de la ley”, se refiere al período que transcurre entre la publicación oficial de una ley y su entrada en vigor.
Esta figura es fundamental en los sistemas legales modernos, ya que evita la aplicación inmediata de normas que podrían requerir ajustes institucionales, procesos de capacitación o adaptaciones operativas, especialmente en cuerpos legales tan complejos como el Código Penal.
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Enste intervalo funciona como un tiempo de “maduración” de la ley y permite que jueces, fiscales, abogados defensores, policías, legisladores, académicos y la ciudadanía en general se familiaricen con los nuevos principios, delitos, penas y procedimientos establecidos en la normativa.
A diferencia de otras leyes que pueden entrar en vigor al día siguiente de su publicación, en el caso del nuevo Código Penal se estableció un período especial de un año, dada su amplitud y su impacto estructural en el sistema de justicia penal y los múltiples cambios que introduce respecto al texto anterior que estuvo vigente desde 1884.






