Santo Domingo. – Las bancas de loterías no podrán realizar venta de sorteos mediante dispositivos móviles, verifones, tabletas, o cualquier otro aparato electrónico, según estableció una resolución de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda.
Se trata de la resolución 172-2022, la cual dispone la prohibición de la venta de sorteos de quinielas y otros juegos de azar, por medio de verifone, tabletas, celulares, laptop o cualquier aparato tecnológico que no sea una computadora que se encuentre instalada de manera fija en la banca de lotería, punto de venta o agencia con permiso de operación debidamente autorizado por esta entidad.
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Asimismo, la decisión de Hacienda estatal otorga un plazo de 15 días a los propietarios de bancas de lotería; para que procedan a retirar de sus locales todo dispositivo móvil utilizado para la venta de sorteos.
Cumplido este plazo, las bancas no podrán efectuar la venta de números por medio de esa modalidad. El incumplimiento de lo establecido en dicha resolución, estará sancionado con las siguientes medidas:
Propietarios de bancas de lotería o consorcios y concesionarios de loterías electrónicas: le será clausurada la banca, punto de venta o agencia; y la revocación definitiva del permiso de sus operaciones o franquicias.
Además de los dispositivos móviles
Propietarios o vendedores que se dediquen a la venta de sorteos ambulantes: estarán sometidos a la acción de la justicia; para la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 410 del Código Penal Dominicano; Ley No. 11-92 que establece el Código Tributario de la República Dominicana; Ley No. 155-17 contra el lavado de activo y el financiamiento del terrorismo; y cualquier otra disposición legal que le sea aplicable.
Persona física o jurídica desarrolladora o prestadora de servicio de software, mantenimiento, alojamiento, operación, venta o comercialización del sorteo que sirva de soporte a dichas operaciones ilegales; se le aplicarán las disposiciones de la Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y cualquier otra disposición legal que sea aplicable.