sábado, abril 18, 2026
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DGCP dice contrataciones de PSS no están bajo ámbito de aplicación de la Ley 340-06

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Santo Domingo. - La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) informó este domingo que las contrataciones realizadas entre las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) y el Seguro Nacional de Salud (SENASA), no están reguladas por la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, sino que están amparadas bajo la Ley 87-01 de Seguridad Social.

No obstante, la institución explicó que en los casos de contrataciones de bienes o servicios con empresas que no cuentan con la debida habilitación como prestadoras de servicios de salud emitida por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), sí quedan sujetas a la Ley 340-06 y entran dentro del marco de regulación de la DGCP.

“Este principio quedó claramente reflejado en la resolución RIC-0109-2025, emitida el pasado 15 de agosto de 2025 por este órgano rector, que dejó sin efecto la contratación de la empresa Farmacard, S.R.L. por parte de SENASA. La medida se adoptó porque la empresa no contaba con la acreditación necesaria como prestadora de servicios de salud, por lo que su contratación debía regirse bajo los lineamientos de la Ley 340-06”, destacó la DGCP mediante una nota de prensa.

En ese sentido, la DGCP reiteró que su competencia no alcanza a las contrataciones realizadas por prestadoras de servicios de salud debidamente habilitadas, pero sí interviene cuando el objeto de la contratación involucra bienes o servicios de empresas no habilitadas conforme a la normativa vigente, garantizando la legalidad, la transparencia y la protección de los derechos de los ciudadanos.

El órgano rector aseguró que entregará a la Procuraduría General de la República y a la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República toda la información disponible de este caso en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas conjuntamente con un informe de análisis de la contratación de Farmacard S.R.L. por parte de Senasa.

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Finalmente, la DGCP reiteró su compromiso con la correcta aplicación de la Ley 340-06 en los ámbitos de su competencia y la coordinación con los órganos reguladores correspondientes, asegurando que los procesos de contratación cumplan con los estándares legales y técnicos requeridos.

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