Santo Domingo.– El experto legal, Eduardo Tavárez Guerrero, ofreció este miércoles un análisis detallado sobre el escenario jurídico que rodea al empresario Antonio Espaillat, propietario del edificio donde funcionaba la discoteca Jet Set, cuyo colapso ha dejado más de 230 fallecidos. A su juicio, hasta el momento no existe base legal que justifique su arresto, aunque reconoce que el Ministerio Público tiene la facultad de investigarlo exhaustivamente.
“Antonio Espaillat se ha puesto a disposición de las autoridades. Lo que procede ahora es que sea entrevistado en presencia de su abogado. El Ministerio Público debe determinar si hay elementos suficientes que vinculen su actuación o su omisión con un hecho penal, como negligencia grave o incumplimiento de reglamentos de construcción”, explicó Tavárez Guerrero.
El jurista destacó que, conforme al artículo 39.8 de la Constitución dominicana, “nadie es penalmente responsable por los hechos de otro” y que no basta con ser propietario de un inmueble para que se le atribuya responsabilidad penal automática, si no hay evidencia directa de una acción u omisión dolosa o culposa.
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Sobre las voces que exigen medidas de coerción, Tavárez Guerrero advirtió que “el deseo de justicia no puede atropellar el debido proceso”. Afirmó que, aunque el país está indignado por lo ocurrido, la ley no faculta al Ministerio Público a apresar sin fundamentos penales claros. “En el marco civil, sí podría haber consecuencias si se demuestra que hubo negligencia, como daños que deban ser reparados económicamente a los afectados. Pero para hablar de cárcel, se requiere algo más: una responsabilidad penal tipificada y probada”, dijo.
El especialista también aprovechó para denunciar vacíos estructurales en la fiscalización de edificaciones en República Dominicana, señalando que “aquí cualquiera construye sin control” y que esa cultura del desorden debe terminar. En ese sentido, apuntó que el Ministerio de Vivienda y Edificaciones (MIVED), y no el CODIA, es el organismo legalmente responsable de supervisar las obras privadas y públicas, según el artículo 7 de su ley orgánica.
Además, Tavárez Guerrero recordó que el edificio ya había presentado un incendio en 2023, y aunque los bomberos emitieron un informe que descartaba daños estructurales, la ley no les da competencia para evaluar la integridad de una edificación en términos de ingeniería. “Ese tipo de informes suelen usarse para fines de seguro, pero no garantizan seguridad estructural. Y ese vacío legal debe preocuparnos”, enfatizó.
Finalmente, el jurista llamó a crear una jurisprudencia que siente un precedente para casos de colapsos estructurales con consecuencias humanas graves, o incluso a reformar la legislación vigente. “Este caso puede ser el punto de partida para cambiar la manera en que se regula, supervisa y responde ante fallos en infraestructuras. La ciudadanía necesita protección efectiva, no solo reacciones emocionales tras una tragedia”, concluyó.






