jueves, marzo 6, 2025
  • CBS banner fefia

El derecho fundamental a la buena administración: “Un camino hacia la eficiencia en los servicios públicos”

A medida que avanza el tiempo, la sociedad va evolucionando, ocasionando cambios tanto en sus aspectos políticos como en sus aspectos sociales. Estos cambios traen consigo una serie de mejoras, las cuales buscan que las sociedades actuales se esfuercen por redefinir el vínculo entre sus ciudadanos y el poder político, para que, de este modo, las relaciones entre los administrados y la administración sean cada día más efectivas.

Es por ello que, como un avance social, político y cultural, nace el Derecho Fundamental a la Buena Administración Pública, cuyo objetivo es establecer una obligación inherente a la naturaleza misma de los poderes públicos, con el fin de eliminar la ineficiencia, la ineficacia y el constante desdén por ofrecer un servicio que responda al interés general.

En la República Dominicana, este derecho fundamental encuentra su base de manera implícita en la Constitución de 2015, específicamente en el artículo 7, el cual establece lo siguiente, a saber:

“La República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos.”

Este precepto constitucional no solo ratifica el carácter democrático y social del Estado, sino que también introduce una obligación positiva (da apertura) para que las instituciones públicas puedan garantizar la operatividad de este derecho fundamental. De esta manera, se reconoce la importancia de una administración pública que respete la dignidad humana y los derechos fundamentales, lo que justifica la necesidad de incorporar el derecho a una buena administración dentro de los derechos fundamentales.

Es en este contexto donde la Ley No. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, juega un papel crucial. En sus disposiciones se subraya que, en un Estado de derecho, los ciudadanos no son únicamente receptores pasivos de decisiones administrativas, sino sujetos activos, dignos de participación y de un rol central en el análisis y evaluación de las políticas públicas y decisiones gubernamentales. Es por esto que una de sus bases para ser creada, según lo establece su considerando número cuarto, es que:

“…en un Estado basado en los principios de justicia social, democracia y estado de derecho, los ciudadanos no son subordinados ni individuos sin voz, sino seres humanos con dignidad, siendo ellos los legítimos poseedores y principales interesados en el bienestar general. De esta manera, dejan de ser sujetos pasivos que simplemente reciben actos y disposiciones administrativas, así como bienes y servicios públicos, para adquirir un papel central en el análisis y evaluación de las políticas públicas y las decisiones administrativas.”

Del análisis armonizado de los textos normativos, citados con anterioridad, podemos establecer entonces que, a raíz de estos, en nuestro país se adoptó un modelo de administración pública cada vez más orientado hacia el interés general, ya que desmantela la concepción de una administración que se contrapone a los derechos de los ciudadanos y, en su lugar, surge un paradigma que busca promover la dignidad humana y los derechos fundamentales en la gestión administrativa.

No obstante, a pesar de dichos avances, los obstáculos persisten. A nivel práctico, la administración pública sigue enfrentando desafíos significativos que obstaculizan la efectividad de este derecho fundamental. Entre estos desafíos se destacan:

  1. Respuestas en tiempo inoportuno: La burocracia excesiva, los trámites innecesarios y la falta de digitalización son factores que ralentizan la gestión pública, afectando la eficiencia del servicio;
  2. Limitaciones en el acceso a la información: La desactualización y falta de digitalización en las instituciones públicas dificulta la transparencia y la pronta entrega de información a los ciudadanos, y;
  3. Limitaciones en la participación ciudadana: La falta de mecanismos de consulta pública, la exclusión de sectores vulnerables y la desinformación o falta de educación cívica impiden una participación activa y efectiva de la ciudadanía en las decisiones administrativas.

De todo lo expuesto, es claro que una buena administración no solo se define por su capacidad de respuesta, sino también por su enfoque participativo y receptivo. Una administración ideal debe crear las condiciones para que la libertad y la igualdad de los ciudadanos sean reales y efectivas. Este esfuerzo debe ir acompañado de servidores públicos comprometidos con la calidad del servicio, con un firme compromiso ético y moral, alineados con los principios constitucionales y administrativos, y capaces de hacer interpretaciones que consideren la realidad social de nuestro país.

La administración pública debe ser siempre transparente, abierta, plural, dinámica y orientada hacia el bienestar integral de los ciudadanos y, por ende, para que esta visión se convierta en una realidad, es necesario reducir la burocracia, fortalecer la transparencia, capacitar adecuadamente al personal y fomentar una cultura de ética y responsabilidad en la gestión pública. Solo así se podrá garantizar una buena administración pública, que contribuya al fortalecimiento de la democracia y a la mejora de los servicios públicos en la República Dominicana.

En el foco

  • Pasaporte - banner 300x214

  • Intrant - Banner 300x300

  • educación futuro a mil 300x250

Explora más