miércoles, mayo 20, 2026
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Condenan a dos personas por estafa de más de RD$124 millones en mercado de valores

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El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a cinco y tres años de prisión a dos personas halladas culpables de cometer una estafa millonaria mediante captación irregular de dinero en el mercado de valores, en perjuicio de más de 200 víctimas.

El principal imputado, Gabriel Emilio Cáceres Araujo, fue sentenciado a cinco años de cárcel, mientras que Kristie Marie Cabral Romero recibió una condena de tres años de prisión suspendida bajo reglas establecidas por el tribunal. Ambos también deberán pagar una multa equivalente a 100 salarios mínimos a favor del Estado dominicano.

De acuerdo con la acusación presentada por el Ministerio Público, los condenados operaban a través de la empresa Pipschasers Capital, S.R.L., mediante la cual captaron de manera fraudulenta aproximadamente RD$124,575,700 con falsas promesas de inversión en el mercado de valores.

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Las investigaciones establecieron que el esquema afectó a cientos de personas que entregaron recursos económicos bajo supuestas oportunidades de inversión financiera.

El proceso judicial estuvo a cargo de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros, representada durante el juicio por la procuradora de corte Lewina Tavárez Gil, el procurador fiscal Rafael Reyes Cabreja y la fiscalizadora Margaret Cabrera Morillo.

La sentencia fue dictada por las juezas Arlin Ventura Jiménez, Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, integrantes del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, quienes fijaron para el próximo 30 de junio de 2026 la lectura íntegra de la decisión.

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Los imputados fueron encontrados culpables de violar disposiciones del Código Penal Dominicano relacionadas con asociación de malhechores y estafa, así como varios artículos de la Ley 249-17 sobre Mercado de Valores.

Durante el juicio, el Ministerio Público presentó pruebas documentales, periciales y testimoniales que, según el tribunal, demostraron la responsabilidad penal de ambos acusados en los hechos imputados. Además, el órgano acusador sostuvo que los procesados incurrieron en lavado de activos como parte de las operaciones fraudulentas desarrolladas a través de la empresa.

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