sábado, septiembre 7, 2024

Gobierno de Abinader no podrá realizar inauguraciones a partir del 9 de enero según calendario electoral

La Junta Central Electoral (JCE) dio a conocer este miércoles lo que será el calendario electoral del mes de enero de cara a las elecciones municipales programadas para el 18 de febrero de 2024, en la que se contiene plazos legales de impacto para el gobierno central y las alcaldías.

En ese sentido, la disposición de la JCE señala que el gobierno encabezado por el presidente Luis Abinader no podrá realizar inauguraciones de obras a partir del nueve de enero del año en curso, como tampoco lo podrán hacer las alcaldías y distritos municipales.

Esta disposición del órgano rector de las elecciones, se encuentra contemplada en el Párrafo VI del Artículo 210 de la Ley 20-23 de Régimen Electoral, en la que además se puntualiza los días previos de esta misma disposición para las elecciones presidencial y congresual.

«Párrafo VI.- Está prohibido durante los cuarenta (40) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y sesenta (60) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías», dicta la ley 20-23.

Otras disposiciones según el calendario electoral

La JCE dispuso también que, a partir de mañana jueves 4 de enero es el límite para dar a conocer el local donde funcionará cada colegio electoral, esto es 45 días antes de los comicios.

Además, desde el 19 del presente mes es la fecha límite para creación, traslados o fusiones de colegios electorales, y también para la escogencia de locales donde funcionarán los mismos.

Se recuerda que para los comicios de nivel municipal se disputarán un total de 2,292 cargos electivos, 158 alcaldías, 1,164 regidurías, 235 direcciones municipales y 735 vocales.

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