jueves, abril 16, 2026
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El derecho a dimitir

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Probablemente, usted que me lee o me escucha, al igual que la mayoría, es un trabajador y, si en estos momentos no lo es porque está desempleado o porque es un emprendedor, en algún momento lo ha sido y quizás en un futuro tendrá trabajadores a su cargo. Es por esto que hoy en este espacio comparto una figura del derecho laboral muy interesante y muchas veces desconocida, de utilidad para los trabajadores a cualquier escala: la dimisión o derecho a dimitir.

Nuestro Código de Trabajo, en su artículo 96, define la dimisión o derecho a dimitir como una forma de resolución del contrato de trabajo por decisión unilateral del trabajador, la cual debe estar justificada en una falta cometida por su empleador. Así las cosas, el contrato de trabajo termina fundamentado, porque el empleador ha incurrido en una conducta que hace insostenible para el trabajador continuar con la relación laboral y este ejerce su derecho a terminarla. Esas “conductas” o “faltas” por parte del empleador que pueden dar lugar a la dimisión, que se encuentran establecidas expresamente en la ley, entre las cuales se citan:

o   Falta de pago, pago incompleto o reducción del salario;

o   Incurrir personalmente, sus parientes o dependientes que obren con su consentimiento expreso o tácito en faltas de probidad, honradez, en actos o intentos de violencia, injurias o malos tratamientos contra el trabajador o contra su cónyuge, padres, hijos o hermanos;

o   Exigir al trabajador de que realice un trabajo distinto, de aquel a que está obligado por el contrato.

o   Requerir al trabajador que preste sus servicios en condiciones que lo obliguen a cambiar de residencia, a menos que el cambio haya sido previsto en el contrato, o resulte de la naturaleza del trabajo o del uso, o sea justificado y no cause perjuicios al trabajador;

o   Por existir peligro grave para la seguridad o salud del trabajador, porque no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes establecen;

o   Comprometer el empleador, con su imprudencia o descuido inexcusables, la seguridad del taller, oficina o centro de trabajo o de las personas que allí se encuentren;

o   Influir en las actuaciones políticas o en las creencias religiosas de los trabajadores;

o   Ejecutar cualquier acto que restrinja los derechos que el trabajador tiene conforme a la ley.

o   Incumplir una obligación sustancial de la relación laboral.

Ante cualquiera de estas situaciones y dentro de un plazo de quince (15) días a partir de que tenga conocimiento de esta, el trabajador tiene derecho a dimitir y abandonar el trabajo, debiendo informarle a su empleador su intención, así como la causa que la fundamenta. Posteriormente, y dentro de las cuarenta y ocho (48) horas que sigan a la dimisión, el trabajador debe dirigirse al departamento de trabajo correspondiente y comunicar que ha dimitido, con indicación expresa de la falta cometida por el empleador que ha dado lugar a su decisión.

Ahora bien, ¿qué consecuencias tiene la dimisión? Ejercida con causa justa y en apego al procedimiento establecido en la ley, la dimisión termina el contrato de trabajo y el empleador debe pagar al trabajador sus prestaciones laborales (auxilio de cesantía), así como también sus derechos adquiridos (salario de navidad, vacaciones, participación en los beneficios de la empresa).

En caso de que el trabajador que dimite no cumpla con las disposiciones de la ley respecto a la forma y los plazos para ejercerla, deberá pagar una indemnización a favor de su empleador que puede ascender hasta el importe de 28 días de salario. Para tener una idea de lo que esta indemnización representaría, si el trabajador devengaba un salario de RD$20,000.00 mensuales, el valor a pagar a su empleador por no haber cumplido con el procedimiento de la dimisión podría ascender a RD$23,500.00, es decir, más que lo que el trabajador ganaba en un mes.

Así las cosas, aunque en apariencia es un procedimiento simple y, en efecto, está diseñado para que el trabajador pueda realizarlo por sus propios medios, siempre es recomendable consultar la situación con un abogado, que determine si la dimisión procede y le brinde asistencia en todo el proceso, pues no basta con tener razón o motivos suficientes, sino que deben observarse las disposiciones legales respecto a cada parte del proceso, para evitar tener que indemnizar a aquel que nos generó el problema, perdiendo a la vez el empleo y el derecho.  

Derecho a dimitir.

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